contrato intermitente
Jurídico

Contrato intermitente: Concepto y sus distinciones

Equipo de Expertos en Jurídico

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) rige las leyes para regular las contrataciones del régimen laboral en la actividad privada y estatal. Y como tal, establece modalidades de contratación alternativas como el Contrato Intermitente.

¿Qué es un contrato de trabajo intermitente?

Definiendo esta modalidad, según  el Decreto Legislativo N.º 728 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, un contrato intermitente viene a ser un acuerdo celebrado para cubrir las necesidades, características de una actividad laboral de naturaleza permanente pero discontinua. 

¿Cómo distinguir un contrato de trabajo intermitente?

Esta modalidad de contratación solo podrá celebrarse cuando la empresa requiera abastecer las necesidades del mercado o cuando exista una mayor producción en la empresa. Por tanto, el factor temporal o accidental es clave en la naturaleza de esta clase de servicio; sin ello, no estamos frente a un contrato intermitente.

Image
BODYÁREAJURÍDICO

¿Cuánto tiempo dura un contrato intermitente?

Por ello, la duración y temporalidad de este tipo de contrato es muy variable y está sujeto a la naturalidad del servicio en cuestión.

Es decir, se sobreentiende que en esa contratación se consideran los periodos de intermitencia en un tiempo no lineal y por ende, puede reanudarse de forma automática sin la necesidad de celebrarse un nuevo contrato o una renovación.

Cabe resaltar, que dada la naturaleza interrumpida de esta labor, este tipo de contratos no se encuentra sujeto al plazo máximo de cinco años, previsto en el artículo 74° del del Decreto Legislativo N.º 728.

¿Qué consideraciones establece la SUNAFIL para la correcta ejecución de un servicio intermitente?

En noviembre del 2020, la SUNAFIL precisó aún más los parámetros de un contrato intermitente a través de la Resolución de Intendencia N°799-2020-Sunafil/ILM en la que establece:

“La configuración legal del contrato intermitente, exige que la causa de la temporalidad sea intrínseca a la índole de la actividad a realizarse. No puede entenderse de otro modo la expresión. “Actividades de la empresa que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas”.

Asimismo, se resaltó que la voluntad del empleador no debe ser un factor que interfiera en la contratación. Por ejemplo, las variantes establecidas en la política específica del empleador, no son una causa legalmente establecida para afectar o dar fin a un contrato intermitente.

Todos estos elementos son clave para establecer la naturaleza y por tanto, la modalidad del contrato correcto. Y así como hemos ahondado en los factores determinantes de un contrato intermitente, la SUNAFIL se ha encargado de precisar las normativas para cada tipo de contrato existente en la ley laboral peruana: contrato laboral, contrato de locación, contrato indefinido, etc.

¿Te interesaría conocer más de las leyes en el entorno laboralista? Entonces, la Universidad Internacional de Valencia tiene el programa ideal para que puedas convertirte en un abogado especializado, con las competencias necesarias para ejercer las leyes con el conocimiento pleno en el contexto laboral. 

Anímate a dar ese gran paso, de la mano del mejor claustro de Doctores, Abogados y otros profesionales de ámbito jurídico que serán tus mentores  en nuestra Maestría Oficial en Abogacía y Práctica Jurídica, que te prepará para diseñar las estrategias procesales más efectivas ante cada escenario.

Composición Áreas_Web_JUR.png
Equipo de Expertos en Jurídico
Equipo de Expertos en Jurídico de la Universidad Internacional de Valencia.

Solicitar información

País *
Afganistán
Alandia
Albania
Alemania
Andorra
Angola
Anguilla
Antigua y Barbuda
Antártida
Arabia Saudí
Argelia
Argentina
Armenia
Aruba
Australia
Austria
Azerbaiyán
Bahamas
Bahrein
Bangladesh
Barbados
Belice
Benín
Bermudas
Bielorrusia
Bolivia
Bosnia y Herzegovina
Botswana
Brasil
Brunei
Bulgaria
Burkina Faso
Burundi
Bután
Bélgica
Cabo Verde
Camboya
Camerún
Canadá
Caribe Neerlandés
Catar
Chad
Chequia
Chile
China
Chipre
Ciudad del Vaticano
Colombia
Comoras
Congo
Congo (Rep. Dem.)
Corea del Norte
Corea del Sur
Costa Rica
Costa de Marfil
Croacia
Cuba
Curazao
Dinamarca
Djibouti
Dominica
Ecuador
Egipto
El Salvador
Emiratos Árabes Unidos
Eritrea
Eslovenia
España
Estados Unidos
Estonia
Etiopía
Filipinas
Finlandia
Fiyi
Francia
Gabón
Gambia
Georgia
Ghana
Gibraltar
Grecia
Grenada
Groenlandia
Guadalupe
Guam
Guatemala
Guayana Francesa
Guernsey
Guinea
Guinea Ecuatorial
Guinea-Bisáu
Guyana
Haití
Honduras
Hong Kong
Hungría
I. Georgias Sur
I. Vírgenes Británicas
I. Vírgenes EEUU
I.U. Menores EEUU
India
Indonesia
Irak
Iran
Irlanda
Isla Bouvet
Isla de Man
Isla de Navidad
Isla de Norfolk
Islandia
Islas Caimán
Islas Cocos o Islas Keeling
Islas Cook
Islas Faroe
Islas Heard y McDonald
Islas Malvinas
Islas Marianas del Norte
Islas Marshall
Islas Pitcairn
Islas Salomón
Islas Svalbard y Jan Mayen
Islas Tokelau
Islas Turks y Caicos
Israel
Italia
Jamaica
Japón
Jersey
Jordania
Kazajistán
Kenia
Kirguizistán
Kiribati
Kuwait
Laos
Lesotho
Letonia
Liberia
Libia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Líbano
Macao
Macedonia del Norte
Madagascar
Malasia
Malawi
Maldivas
Mali
Malta
Marruecos
Martinica
Mauricio
Mauritania
Mayotte
Micronesia
Moldavia
Mongolia
Montenegro
Montserrat
Mozambique
Myanmar
México
Mónaco
Namibia
Nauru
Nepal
Nicaragua
Nigeria
Niue
Noruega
Nueva Caledonia
Nueva Zelanda
Níger
Omán
Pakistán
Palau
Palestina
Panamá
Papúa Nueva Guinea
Paraguay
Países Bajos
Perú
Polinesia Francesa
Polonia
Portugal
Puerto Rico
Reino Unido
República Centroafricana
República Dominicana
República Eslovaca
Reunión
Ruanda
Rumania
Rusia
Sahara Occidental
Saint Martin
Samoa
Samoa Americana
San Bartolomé
San Cristóbal y Nieves
San Marino
San Pedro y Miquelón
San Vicente y Granadinas
Santa Elena, Ascensión y Tristán de Acuña
Santa Lucía
Santo Tomé y Príncipe
Senegal
Serbia
Seychelles
Sierra Leone
Singapur
Sint Maarten
Siria
Somalia
Sri Lanka
Suazilandia
Sudáfrica
Sudán
Sudán del Sur
Suecia
Suiza
Surinam
T.A.A. Francesas
T.B. Océano Indico
Tailandia
Taiwán
Tanzania
Tayikistán
Timor Oriental
Togo
Tonga
Trinidad y Tobago
Turkmenistán
Turquía
Tuvalu
Túnez
Ucrania
Uganda
Uruguay
Uzbekistán
Vanuatu
Venezuela
Vietnam
Wallis y Futuna
Yemen
Zambia
Zimbabue
Universitat Internacional Valenciana - Valencian International University S.L., tratará sus datos personales conforme a su solicitud para contactarle e informarle del programa seleccionado de cara a las dos próximas convocatorias del mismo, pudiendo contactar con usted a través de medios electrónicos (WhatsApp y/o correo electrónico) y por medios telefónicos, siendo eliminados una vez facilitada dicha información y/o transcurridas las citadas convocatorias.

Ud. podrá ejercer los derechos de acceso, supresión, rectificación, oposición, limitación y portabilidad, mediante carta a Universitat Internacional Valenciana - Valencian International University S.L. - Apartado de Correos 221 de Barcelona, o remitiendo un email a rgpd@universidadviu.com. Asimismo, cuando lo considere oportuno podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de protección de datos.

Podrá ponerse en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos mediante escrito dirigido a dpo@planeta.es o a Grupo Planeta, At.: Delegado de Protección de Datos, Avda. Diagonal 662-664, 08034 Barcelona.