Reivindiquemos al maestro de infantil
- Justificación de un Código Deontológico
La Recomendación de la OIT/UNESCO relativa a la Condición del Personal Docente (1966) dice que:
“Las organizaciones de personal docente deberían elaborar normas de ética y de conducta ya que dichas normas contribuyen en gran parte a asegurar el prestigio de la profesión y el cumplimiento de los deberes profesionales según principios aceptados”.
No entrando a valorar la necesidad de un Colegio Profesional y la obligatoriedad de colegiación (lo obligatorio en el ámbito profesional tiende al corporativismo cuanto más en un Colegio Profesional, que por definición es una corporación para la defensa de los intereses particulares de sus miembros) sí debemos reflexionar sobre la necesidad y obligatoriedad de un Código Deontológico. Los códigos deontológicos son un tipo de estatuto peculiar que se mueve entre lo jurídico y lo ético, positivizando la deontología profesional, es decir, formulan explícitamente los compromisos y deberes profesionales que deben ser asumidos y aplicados por quienes ejercen esa determinada profesión. Y tienen sentido en cuanto tienen la capacidad de reforzar el reconocimiento público de la profesión, especialmente cuando hay un déficit de status, como sucede, particularmente, en el caso de la Educación Infantil
2. El trabajo de los maestros de infantil
La enseñanza de Educación Infantil es el comienzo del camino de todo ser humano en su desarrollo personal físico, afectivo, social, intelectual y moral mediante conocimientos, actitudes y valores. Y nada más y nada menos que por esto tenemos que reivindicar al maestro de infantil, porque es el encargado de llevar a buen puerto la personalidad del niño en todas sus vertientes.
Puede parecer a priori que la reivindicación de los profesores debe hacerse respecto a los de secundaria o bachillerato en cuanto a pedir respeto a los alumnos para con el profesor y se piensa que se consigue otorgando a éste potestas cuando lo realmente necesario es el auctoritas, bien diferente.
En este punto se hace necesario que miremos a nuestro alrededor y hagamos crítica de la sociedad de la que formamos parte para intentar comprender por qué tiene la opinión que tiene del maestro de infantil. En la mentalidad de la sociedad se han afianzado dos errores que se tienen por verdades: (1) que la educación infantil es obligatoria; y (2) que la escuela infantil es el “aparcamiento de niños” todavía bebés, cuando no bebés.
El primero, porque se ha generalizado la escolarización en esta primera etapa de la enseñanza (99.3% en el segundo ciclo de 3 a 5 años) y porque sí es obligatorio para las Administraciones disponer de plazas suficientes para cubrir la demanda de alumnos. El segundo viene determinado por la dificultad de conciliar familia y trabajo.
3. Reivindiquemos al maestro de infantil
Ya en la escuela infantil se echa en falta ese auctoritas, no se considera al maestro como lo que es: Guía.
Esta es la forma que adquiere la fuerte carga de responsabilidad social del maestro, más aun el maestro de infantil que es guía de personas cuya capacidad mental de absorción es total al no tener capacidad intelectual de discriminación entre lo bueno y lo malo, lo real y lo imaginario, lo correcto y lo erróneo, sino mediante la observación del comportamiento de los demás miembros de su entorno.
El maestro de infantil no solo enseña, su misión es más importante, orienta y acompaña al infante en el camino de su desarrollo como ser humano y ciudadano del futuro cercano.
Referencias
Código deontológico de la profesión docente, Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, España, 2010.
JOVER OLMEDA, G., “Líneas de desarrollo y fundamentación en el campo de la deontología de las profesiones educativas”, Teoría de la educación, 7, 1995, pp. 137-152.
MALONDA MOLL, R., Manual de la asignatura “Desarrollo profesional docente y su deontología”, VIU, Valencia, sf.
SERRAT ANTOLÍ, N. (Coord.), Manual del educador de preescolar, Volumen 1, Parramón Ediciones, Barcelona, 2002.
TIANA FERRER, A., “Un nuevo código deontológico para la profesión docente”, CEE Participación Educativa, 16, marzo 2011, pp. 39-48.
Jesús Sánchez Lorenzo
Profesor del Grado en Educación Infantil de la Universidad Internacional de Valencia (VIU)