Requisitos y funcionamiento de las oposiciones a maestros Andalucía 2015
La Junta de Andalucía publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado 12 de marzo de 2015 la convocatoria de más 1.231 plazas para cuerpos docentes. La pruebas se realizarán durante el próximo junio de 2015.
Del total de puestos, 1.000 son para el Cuerpo de Maestros, distribuidos de la siguiente forma:
- Lengua Extranjera-Inglés (300)
- Pedagogía Terapéutica (200)
- Lengua Extrajera-Francés (100)
- Audición y Lenguaje (100)
- Primaria (100)
- Infantil (100)
- Música (50)
- Educación Física (50)
La oferta, que reserva el 7% de las plazas para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, se completa con 177 para el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, distribuidas entre las especialidades de Lengua Castellana y Literatura (50), Geografía e Historia (50), Matemáticas (27) e Inglés (50). Además, se reservan otras 54 plazas para Inspectores de Educación.
Requisitos y pruebas
La forma más idónea y segura de informarse de los requisitos y funciones tanto de esta oposición como de cualquier otra es acudir a las fuentes oficiales (webs, boletines oficiales, publicaciones) de la administración que convoca las plazas. En este caso, la Junta de Andalucía.
No obstante, los requisitos y funcionamiento de las oposiciones a maestros se rigen por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, sobre el reglamente de ingreso a los cuerpos docentes.
A continuación, resumimos los aspectos principales en cuanto a requisitos de participación y pruebas de acceso.
Requisitos convocatoria 2015
- Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
- Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
- No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se refiera la convocatoria, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Título V de este Reglamento.
- Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma convocante, de acuerdo con su normativa.
- Estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente (Maestro/a, Diplomado/a en Profesorado de EGB o Maestro/a de Enseñanza Primaria).
Fase de oposición
El sistema selectivo es el de concurso-oposición con dos pruebas de carácter eliminatorio. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en el idioma correspondiente y en todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, éstas deberán ser evaluadas en algunas de las pruebas.
Prueba 1
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta. Constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:
Parte A (prueba práctica)
Todas las especialidades incluirán una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten.
Parte B (desarrollo de un tema)
Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos temas, extraídos al azar por el tribunal. Esta prueba se valorará de cero a diez puntos. Cada una de las dos partes de las que consta deberá suponer como mínimo tres puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta prueba.
Para su superación, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo ésta el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes. A estos efectos la puntuación obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25 % de la puntuación asignada a las mismas.
Prueba 2
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica:
Parte A (presentación y defensa de una programación didáctica) { + info programación didáctica }
La programación didáctica hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.
Parte B (preparación y exposición oral de una unidad didáctica)
La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
Para la preparación y exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión o equivalente que deberá ser entregado al tribunal al término de aquella.
Esta prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.
Fase de concursos
Baremo de méritos
En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes. Entre otros figurarán la formación académica y la experiencia docente previa. La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación:
Experiencia previa: Máximo cinco puntos.
Formación académica: Máximo cinco puntos.
Otros méritos: Máximo dos puntos.
Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos para la valoración de sus méritos.
Sistema de calificación.
La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, cuando todas ellas hayan sido superadas.
La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de dos tercios para la fase de oposición y de un tercio para la fase de concurso.