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Ciencia y Tecnología

Aeronáutica drones: 8 respuestas a tus preguntas más comunes

El aumento del interés por el manejo de drones y sus aplicaciones ha creado una serie de interrogantes. Algunos de ellos son muy específicos y afectan tan solo a un pequeño nicho, mientras que otros son más generales y tienen relación con la aeronáutica drones en general. Esas cuestiones suelen ser recurrentes, por lo que hemos seleccionado las 8 preguntas más habituales relacionadas con este tema y hemos recopilado sus respuestas. Si te interesa formarte y conocer más sobre el manejo de drones, seguro que te interesa conocerlas.

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1. ¿Qué organismo es el encargado de regular el uso de drones en España?

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es la responsable de velar por el buen uso del espacio aéreo nacional. Todo lo relacionado con aeronaves de cualquier tipo es su competencia. Esto significa que desde las infraestructuras necesarias para realizar los vuelos hasta la construcción y registro de aeronaves, todo debe pasar primero por ella. Como la propia Agencia comenta, su cometido es “velar para que se cumplan las normas de aviación civil en el conjunto de la actividad aeronáutica de España”.  

2. Se puede usar un dron para grabar eventos deportivos o de otro tipo?

Según las bases de la normativa de drones actual, no se autoriza el uso de drones en espacios en los que hay gente. Por tanto, no es posible hacer volar un dron en un estadio deportivo o cualquier otro lugar a no ser que esté despejado. Solo hay una excepción a esta norma. Si el evento se realiza en un recinto totalmente cerrado, se podría usar un dron, ya que está fuera del espacio aéreo controlado por AESA, y por tanto la agencia no tiene autoridad.  

3. ¿Cuáles son los requisitos que tiene que cumplir una empresa de aeronáutica drones?

Sea cual sea el tamaño del dron, es obligatorio contar con toda la documentación relacionada con este. Esto incluye un manual completo en el que se especifique cuál es el procedimiento de cada operación. Además, debe disponer de al menos un piloto que cumple las exigencias para manejarlo. Y contar con un seguro en vigor. En el caso de que se trate de aeronaves de menos de 25 kg, deberá presentarse a AESA toda la documentación y una declaración de que se cumplen con los requisitos. Si son de un peso superior, deberá esperar a que la agencia conceda la autorización pertinente.  

4. ¿Tiene que cumplir el dron algún requisito?

Cualquier dron, tenga el tamaño que tenga, deberá llevar una identificación adherida a la estructura. En esta debe aparecer bien legible un número de serie, quién es la empresa que lo opera e información de contacto. En el caso de que se trate de drones con un peso superior a los 25 kilogramos, deberán llevar una matrícula. También disponer del correspondiente certificado. No se permitirá a ningún operador el manejo sin cumplir estas condiciones.  

5. ¿Cuáles son las limitaciones de un dron para hacer trabajos en vuelo?

En el caso de una aeronáutica drones de hasta 25 kg, solo se podrá volar dentro del área de alcance del piloto. Siempre a una distancia menor de 500 metros y 120 de altura máxima. Si se trata de drones con un peso de menos de 2 kg, se puede superar el alcance visual. Aunque se limita a la capacidad del equipo de control remoto para comunicarse con la aeronave. En cualquier caso, tampoco se puede superar la altura máxima indicada en el supuesto anterior, 120 metros. No obstante, siempre debe indicarse el lugar y la hora a la que se volará, para recibir autorización previa.  

6. ¿Qué centros de formación pueden emitir certificados para operar drones?

Para que un centro formativo esté autorizado a impartir formación sobre el manejo de drones y certificarla de manera oficial, primero tiene que ser aprobada por AESA. Según establece el reglamento europeo, es necesario ser Organización Formadora Aprobada, (ATO por las siglas en inglés). La ley 18/2014 especifica cuáles son las materias que deben impartirse. Además, los materiales de formación, la duración del curso y los instructores que lo impartirán se indican en los apéndices que AESA ha elaborado para tal fin. Antes de comenzar cualquier tipo de actividad relacionada, se debe presentar un dossier completo con el plan y toda la información que se requiera.  

7. ¿Debe hacerse un estudio de seguridad para cada operación?

Corresponde al operador determinar si las operaciones que realiza está dentro de las características genéricas. En caso de que sean tareas más específicas o distintas a las habituales, deberá realizarse un nuevo estudio de seguridad. Tendrá que presentarse como una modificación al estudio previo.  

8. ¿Hace falta tener un seguro para trabajar con un dron? En caso afirmativo, ¿de qué tipo?

Efectivamente, para realizar cualquier trabajo que implique volar una aeronave se requiere un seguro que cubra la responsabilidad civil. No se pueden suscribir seguros genéricos, sino que cada dron deberá tener el suyo. Los límites de las coberturas dependerán del peso de cada uno, y solo puede hacerse con una compañía autorizada para vehículos aéreos por la DGS. No se permite volar un dron que no cuenta con el correspondiente certificado de que la aseguradora cuenta con esta autorización y se cumple con los requisitos exigidos para cada dron. El tipo de seguro debe ser una póliza o garantía económica suficiente para cubrir la responsabilidad civil en caso de daños a terceros producidos como resultado de un vuelo. Esta deba asociarse específicamente a un dron, indicando la marca, modelo y número de serie. No se puede utilizar la misma póliza para varios drones, a no ser que se trate de una póliza conjunta y se indique claramente cuáles son los dispositivos que están asegurados. Para más información acerca de requisitos y normativa, la AESA cuenta con una página web en la que se informa de cuáles son los cambios que afectan a la seguridad aérea. Si tienes más preguntas al respecto o quieres consultar algo relacionado con el tráfico aéreo, la seguridad y el manejo de drones u otras aeronaves, puedes consultarla y ampliar la información al respecto.