Expertas VIU | Justicia Social, Sostenibilidad y la necesidad de un nuevo modelo de desarrollo
El 20 de febrero se celebra el Día Mundial de la Justicia Social, una fecha que se celebra desde 2008, por acuerdo de la Asamblea General de Naciones Unidas. El lema de este año es "Superar barreras y desbloquear oportunidades para la justicia social". Sin embargo, más allá de nociones bastante etéreas o incluso algo caricaturescas, el concepto de Justicia Social sigue siendo un gran desconocido para la mayor parte de la opinión pública. Por ello, hemos querido conocer la visión de una experta en la materia: la Dra. Ana Patricia Cubillo-Guevara. La Dra. Cubillo-Guevara es doctora en Sociología, licenciada en Ciencias Políticas y cuenta con amplios estudios posgrado en áreas como Ciencias Políticas, Dirección Estratégica de Universidades, Estudios e Intervención Social en Migraciones, Desarrollo y Grupos Vulnerables e Intervención Social con Mujeres. Es docente del Máster En Política Exterior, del de Criminología y del Grado en Relaciones Internacionales de VIU. Además, pertenece al grupo de investigación GIPSI, de la Universidad.
¿Qué se entiende por justicia social?
En mi opinión, hay dos grandes conceptos de justicia social. Uno más liberal, basado en la igualdad de oportunidades, y otro más progresista, basado en la equidad social.
El problema de entender la justicia social como igualdad de oportunidades, es decir, garantizar a las personas un “mismo punto de partida”, pero no un mismo “punto de llegada” en su camino hacia el bienestar, es que se trata de una falacia. La igualdad de oportunidades es imposible, dado que las personas pertenecientes a los grupos sociales hegemónicos (por riqueza, renta, etnia, religión, fenotipo, género, orientación sexual…) siempre tendrán más oportunidades que las personas pertenecientes a los grupos sociales subalternos; tendrán mayor nivel de vida, mejor educación, mejor salud, mejores viviendas, mejor acceso a la cultura, mejor capital relacional… Y esto hace que el “punto de llegada” que obtiene cada persona en su camino hacia el bienestar esté menos relacionado con sus méritos personales (esfuerzo, sacrificio, riesgo…) y más con la pertenencia o no a determinados grupos sociales.
Sin embargo, si entendemos la justicia social como equidad social, es decir, exigir de cada persona que contribuya al bienestar común en función de su “capacidad” y garantizar que cada persona reciba recursos para alcanzar el bienestar en función de su “necesidad”, las conclusiones son diferentes. Bajo este criterio de equidad social, las personas pertenecientes a los grupos sociales hegemónicos deberán contribuir al bienestar común en mayor medida que las pertenecientes a los grupos sociales subalternos, mientras que recibirán menos recursos que estos para alcanzar el bienestar. Se asume, por tanto, que el “punto de partida” de las diferentes personas en su camino al bienestar es diferente, pero se pretende que el “punto de llegada”, el bienestar alcanzado por cada persona, sea muy similar, sin ser necesariamente el mismo. Tratar de manera diferente a las personas diferentes es más justo que tratar a todas las personas por igual.
¿Qué mecanismos contribuyen a la consecución de la justicia social?
Entendiendo la justicia social como equidad social, los mecanismos que ayudan a su consecución son los de naturaleza distributiva y los de naturaleza redistributiva.
Los mecanismos distributivos están relacionados con las aportaciones que cada persona debe hacer al bienestar colectivo en función de sus capacidades. Las personas con más capacidad, que son las pertenecientes a los grupos sociales hegemónicos, deben contribuir más que las personas con menos capacidad, que son las que pertenecen a los grupos sociales subalternos. Esto supone aplicar políticas de discriminación positiva sobre las personas pertenecientes a los grupos hegemónicos, como la fijación de retribuciones máximas por su actividad productiva, la fijación de precios mínimos por los bienes y los servicios que consumen, el pago de impuestos progresivos, el consumo a precios de mercado de servicios públicos (educación, sanidad, vivienda, cultura…) o la aplicación de cuotas máximas en el acceso a puestos de poder.
Mientras que los mecanismos redistributivos están relacionados con las contribuciones que cada persona recibe en función de sus necesidades para alcanzar el bienestar. Las personas más necesitadas, que son las pertenecientes a los grupos sociales subalternos, deben recibir más que las menos necesitadas, que son las que pertenecen a los grupos sociales hegemónicos. Esto supone aplicar políticas de discriminación positiva sobre las personas pertenecientes a los grupos subalternos, como la fijación de retribuciones mínimas por su actividad productiva, la fijación de precios máximos por los bienes y los servicios que consumen, la recepción de transferencias monetarias progresivas, el consumo subvencionado o gratuito de servicios públicos (educación, sanidad, vivienda, cultura…) o la aplicación de cuotas mínimas en el acceso a puestos de poder.
¿En qué condiciones consideras que es posible alcanzar la justicia social?
La justicia social, entendida como equidad social, solo es posible alcanzarla por medio del desarrollo de un Estado del bienestar fuerte, amplio y sólido. Necesitamos desarrollar Estados poderosos, que sean capaces de intervenir en la economía para garantizar el bienestar social de las personas que integramos la sociedad, distribuyendo y redistribuyendo la renta que emana del mercado para garantizar que todas las personas podamos alcanzar similares niveles de bienestar. Pero no solo eso.
El Estado del bienestar no solo debe actuar sobre la economía, sino que debe desarrollar y garantizar unos amplios derechos sociales, que desmonten las estructuras tradicionales del “racial-hetero-patriarcado”. Todas las personas, con independencia de su fenotipo, su etnia y su religión (por las que suelen ser “racializadas” como “personas blancas” o “personas de color”), con independencia de su orientación sexual (ya sea heterosexual o “queer”), y con independencia de su género (ya sea este “cis-hombre”, “cis-mujer” o “gender-queer”), deben poder alcanzar similares niveles de bienestar.
Pero, además, dicho Estado del bienestar debe estar jurídicamente bien protegido, para que cuando los minoritarios grupos sociales hegemónicos obtengan el control temporal del Estado, no puedan desmontarlo con facilidad. Por ello es preciso que la existencia del Estado del bienestar quede incluida como precepto dentro de las constituciones nacionales y de los tratados internacionales, de manera que solo mayorías muy cualificadas y referendos populares puedan permitir su desmantelamiento.
Objetivos del buen vivir, según el paradigma de transdesarrollo transmoderno. Fuente: Dra. Ana Patricia Cubillo-Guevara
¿Qué relación guarda la justicia social con el desarrollo?
Entendiendo la justicia social como equidad social, no puede haber desarrollo sin justicia social, dado que el desarrollo está relacionado con la mejora del bienestar social de las personas que conforman una sociedad. Teniendo en cuenta que no puede haber bienestar sin equidad social, no puede haber desarrollo sin justicia social. La falta de equidad social nos lleva a un “maldesarrollo”, como el existente en las sociedades opulentas con grandes diferencias socioeconómicas entre las personas que las conforman. Una sociedad con una renta per cápita elevada no siempre es una sociedad donde casi todos sus miembros disfrutan de altos niveles de bienestar.
La equidad social es una condición necesaria del desarrollo, pero no una condición suficiente. Se requiere además la concurrencia de otros factores para poder hablar de la existencia de un verdadero desarrollo.
No obstante, yo me encuentro entre las personas que piensa que el concepto de desarrollo está tan cuestionado que debemos empezar a manejar conceptos de bienestar alternativos al desarrollo, tales como el decrecimiento, el buen vivir o el transdesarrollo. Conceptos que son propuestas políticas alternativas que pretenden dar solución a los problemas del “maldesarrollo”, tales como la insostenibilidad ecológica, la inequidad social y la insatisfacción personal con la propia vida y que persiguen la construcción de sociedades biocéntricas, poscapitalistas y satisfechas.
¿Nos puedes explicar en qué consiste el concepto de transdesarrollo como alternativa al desarrollo y qué relación guarda con la justicia social?
El transdesarrollo es un modelo o paradigma del bienestar, propio de los movimientos sociales alternativos vinculados con el Foro Social Mundial, que persigue la satisfacción de las necesidades materiales e inmateriales de las personas por medio de un proceso de participación en el que se decidan, bajo los principios de sostenibilidad ecológica, equidad social y satisfacción personal, cuáles son dichas necesidades y qué medios deben emplearse para satisfacerlas.
Este proceso de participación implica que cada comunidad pueda concretar el significado de su propio bienestar, el cual no tiene que ser idéntico al de otra comunidad, aunque sí respetar dichos principios.
Por tanto, el transdesarrollo, que integra los conceptos análogos de decrecimiento (desarrollado en los países del Norte global) y de buen vivir (desarrollado en los países del Sur global), requiere de la consecución simultánea de la sostenibilidad ecológica, la equidad social y la satisfacción personal (o felicidad). No puede haber transdesarrollo sin la existencia de relaciones armónicas de los seres humanos con los demás seres de la naturaleza. No puede haber transdesarrollo sin la existencia de relaciones armónicas entre los seres humanos. Y no puede haber transdesarrollo sin la existencia de relaciones armónicas de las personas consigo mismas.
Por lo que se refiere al vínculo entre justicia social y transdesarrollo (o decrecimiento o buen vivir), su consecución pasaría (según la propuesta de los Objetivos del Buen Vivir) por el fomento de la producción local, de la soberanía alimentaria, de la democracia participativa y pacífica, de la progresividad fiscal, de las economías alternativas, de la regulación de los mercados y de las políticas de discriminación positiva.
SI QUIERES CONOCER MÁS SOBRE EL TRABAJO Y LOS CONCEPTOS EXPUESTOS POR LA DRA. CUBILLO-GUEVARA PUEDES HACERLO EN LOS SIGUIENTES TEXTOS DE SU AUTORÍA
Y sobre los Objetivos del Buen Vivir en el texto Los Objetivos del Buen Vivir a escala global