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Menores víctimas de Violencia de Género

Equipo de Expertos en Jurídico

En la actualidad, la violencia de género es un problema social muy grave que sufren las mujeres como víctimas protagonistas principales, pero cada vez se hace más evidente la necesidad de ampliar el foco de atención hacia sus hijos e hijas, ya que también son víctimas de este tipo de violencia. Tal y como establece la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer realizada en el año 2015, del total de mujeres que sufren o han sufrido violencia física, sexual, de sus parejas o exparejas, y que tenían hijos/as en el momento en el que se produjeron estos episodios de violencia, el 63% afirma que los hijos e hijas presenciaron o escucharon alguna de las situaciones de violencia.

Pasar la infancia y adolescencia en un ambiente conflictivo, vivir relaciones basadas en la desigualdad y el abuso de poder, ser testigos de la discriminación y agresividad hacia su madre, convierte a estos niños y niñas en auténticas víctimas de la violencia de género. Todo ello, presentará irremediablemente un impacto negativo en los menores aumentando su vulnerabilidad en muchas áreasde su vida.

De acuerdo con un estudio realizado recientemente por Save the Children, en la mayoría de los casos de violencia de género encontramos menores que presencian los hechos, todo ello afectará, sin duda, a su desarrollo evolutivo. Entendiendo como malos tratos a la infancia lo establecido en la Convención de los derechos del Niño (Tratado Internacional de Naciones Unidas, Asamblea General de 20 de noviembre de 1989), “cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño o a la niña de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad”.

Gracias a la Ley Orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de Protección de la Infancia y la Adolescencia, se reconoce a los menores como víctimas directas de violencia de género, así como obliga a Jueces y Tribunales a pronunciarse expresamente sobre las medidas cautelares que les afectan (pudiendo suspender el régimen de visitas, tutela, ...). A su vez, amplía la protección económica de los menores, contemplando la posibilidad de que los hijos puedan cobrar la pensión de orfandad completa (a pesar de que el padre siga con vida), y los asesinos de sus parejas no puedan cobrar la pensión de viudedad.

En definitiva, la Ley Orgánica 8/2015, otorga un paso más en lo que a la protección del menor se refiere, a partir de este momento, cuando hablamos de violencia de género, no habrá ya una única víctima (la mujer), sino que los menores son considerados también víctimas directas de esta violencia. Si bien, todavía queda mucho por hacer; según los resultados obtenidos a través del proyecto europeo UNARS, nos encontramos todavía en un estadio inicial en cuanto a la protección del menor. Al estudiar las percepciones de los menores y de los profesionales implicados en la protección del menor, todavía son muchos los menores que se consideran víctimas invisibles en la sociedad, tal y como recoge el siguiente vídeo. Es por ello, que debemos aunar esfuerzos y tratar de dar todavía algunos pasos más para poder protegerlos con más eficacia.

 

https://youtu.be/10ldCMOBWW0

https://youtu.be/uKNLogmj1L8

https://youtu.be/hfGsrMBsX1Q

 

 

Referencias:

- Contenido y novedades de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y adolescencia. Noticias Jurídicas. Fecha de acceso: 11 de julio de 2016.

- Ramos Matos, E. (2011). Proyecto de investigación sobre. Sevilla. Junta de Andalucía, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Instituto Andaluz de la Mujer.

- Suriá; R; Rosser; A.; Villegas; E.(2014). Efectos de la exposición a la violencia de género en los menores. Psicología jurídica y forense: Investigación-acción. Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense.

- Víctimas mortales por Violencia de Género. Ficha resumen – Datos provisionales. Fecha de actualización 29/03/2016. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Año 2015.

 

Violeta Pardo Pérez

Criminóloga y Profª Máster en Criminología: Delinicuencia y Victimología

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Equipo de Expertos en Jurídico
Equipo de Expertos en Jurídico de la Universidad Internacional de Valencia.